A PROPÓSITO DE LA SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA. Raquel Muñoz. Artículo publicado en La Opinión
Parece que todos tenemos claro que la simplificación administrativa, entendida como la reducción o eliminación de las barreras y cargas derivadas de la actividad burocrática, contribuye a generar actividad económica, favorece la competitividad empresarial y dinamiza la sociedad.
Supone, pues, la eliminación de obstáculos o costos innecesarios para la sociedad. Mejora el inadecuado funcionamiento de la Administración Pública. Y representa una de las principales acciones que debe ser implementada por las administraciones para orientar y optimizar la prestación de los servicios.
Uno de los primeros avances normativos en ese sentido (y quizás de los más ambiciosos) fue la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. Tuvo como objetivo último alcanzar un mercado único de servicios. Subrayaba como medios principales para conseguir tal fin la eliminación de regímenes de autorización previa, la simplificación de procedimientos y trámites administrativos, la reducción de cargas administrativas, además de la creación de ventanillas únicas y el recurso a las nuevas tecnologías.
Desde entonces los diversos Estados y, en nuestro caso, incluyendo también la instancia local y autonómica, han venido regulando esta materia. Citaremos, a modo de ejemplo, en lo que respecta a nuestra Región, la reciente ley 12/2012 de Simplificación administrativa y el Decreto ley 2/2016 de liberalización y supresión de cargas burocráticas.
Sin embargo, a pesar de que en la voluntad normativa, como queda siempre plasmado en sus exposiciones de motivos, se apueste decididamente por la agilización y supresión de trámites, como administrado, sobre todo en el ejercicio de la actividad profesional y empresarial, los trámites frente a la administración suelen percibirse como montañas difíciles de superar, Son grandes obstáculos para las Pymes que requieren mucha inversión en tiempo y esfuerzo. Ésto redunda negativamente en nuestra competitividad final.
Es difícil sintetizar las razones por las que diverge tanto la aplicación real de la normativa de la voluntad legislativa, al tratarse de un tema complejo en el que influyen numerosos factores, pero voy a citar aquellos que entiendo de especial importancia.
En primer lugar, a pesar de la apuesta decida por el acortamiento de plazos y por intentar reducir los lugares en los que el silencio administrativo se entiende de forma negativa o en contra de lo solicitado, seguimos encontrándonos numerosos casos en los que no sólo no se puede avanzar con los procedimientos a falta de determinados informes, sino que dichos informes, emitidos de forma extemporánea incluso varios meses -hasta años- después, implican el cambio de rumbo, inversión o proyecto empresarial, incluso a veces su imposibilidad real de llevarlo a la práctica.
La simplificación administrativa debe, por tanto, venir siempre acompañada del análisis de “los cuellos de botella” que existen en la administración, al igual que existen en cualquier otra organización.
También, hay que seguir apostando en determinados procedimientos por las declaraciones responsables o comunicaciones previas, como instrumentos útiles para dinamizar la actividad económica. En ésto, la administración no sólo debe estar presente, sino que es aún más importante su papel, si cabe, pero bajo la forma de control posterior o ex post, vigilando el cumplimiento de todos los requisitos exigibles.
En este camino hacia una verdadera simplificación administrativa, entiendo que debemos también controlar la profusión normativa.
Cada ley, Decreto, Orden, etc, debe ser leída, estudiada, integrada, interpretada, incluso interiorizada por aquellos que han de aplicarla y por aquellos que debemos ajustarnos a la misma u observarla. Deben, por tanto, nacer en la medida de lo posible, fruto de consensos y de la confluencia de las voluntades de los distintos ámbitos afectados. Su objetivo, al ver la luz, ha de ser de permanencia, lo que no significa que, dado que vivimos en un entorno cambiante, no deban ser modificadas o derogadas en el transcurso del tiempo.
Sin embargo, debemos tener en cuenta también el camino ya andado pues, aunque queda, como en todas las facetas, siempre recorrido para la mejora, eso no desvirtúa los firmes pasos con los que la Administración ha avanzado en la mejora y simplificación de su relación con empresas y ciudadanos. Sigamos por ese camino.